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Escritura de transferencia por fallecimiento en Minnesota

Sí. Minnesota permite que el dueño nombre a quién pasa un inmueble al fallecer con una Escritura de transferencia por fallecimiento (transfer on death deed o TODD) (Minn. Stat. § 507.071, vigente desde el 1 de agosto de 2008). Fírmela ante notario y regístrela antes del fallecimiento del dueño. Tras el fallecimiento, el beneficiario usa: Declaración jurada de identidad y supervivencia (affidavit of identity and survivorship) (con una copia certificada del acta de defunción) más un certificado de liberación (clearance certificate) de la agencia del condado. Última verificación .

Minnesota de un vistazo

Escritura TOD para inmuebles
Sí
Nombre en la ley de Minnesota
Escritura de transferencia por fallecimiento (transfer on death deed o TODD)
Ley
Minn. Stat. § 507.071
Notario
Obligatorio
Testigos
Ninguno
Cuándo registrarla
Antes del fallecimiento
Dónde registrarla
Registrador del condado (county recorder) (propiedad abstracta o abstract property) o registrador de títulos (registrar of titles) (propiedad Torrens o registrada) de un condado donde se encuentre alguna parte del terreno
Documento tras el fallecimiento
Declaración jurada de identidad y supervivencia (affidavit of identity and survivorship) (con una copia certificada del acta de defunción) más un certificado de liberación (clearance certificate) de la agencia del condado
Aviso a los herederos
No obligatorio
Formulario oficial
Sí

Su lista

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¿En qué etapa está?

Pasos para que sea válida en Minnesota

  • Firma: notario, sin testigos.
  • Regístrela en Registrador del condado (county recorder) (propiedad abstracta o abstract property) o registrador de títulos (registrar of titles) (propiedad Torrens o registrada) de un condado donde se encuentre alguna parte del terreno antes del fallecimiento del dueño.

Una lista basada en las reglas verificadas del estado, no asesoría legal. Medicaid, copropietarios, una hipoteca o un desacuerdo pueden cambiar lo que conviene hacer; el registro del condado, una oficina de asistencia legal o un abogado pueden ayudar.

Cómo hacer una escritura TOD válida en Minnesota

  • Qué hace la ley. Una escritura registrada que dice que solo surte efecto al fallecer el propietario traspasa bienes inmuebles de Minnesota al beneficiario cesionario (grantee beneficiary) nombrado al fallecer, sin pasar por la sucesión (probate). Hasta entonces no tiene ningún efecto sobre la titularidad.
  • Firma. El propietario firma una escritura que cumple todas las reglas ordinarias de las escrituras de Minnesota (§§ 507.02, 507.24), incluido el reconocimiento de firma (acknowledgment) ante notario. El formulario legal termina con un reconocimiento de firma. No se requieren testigos. Un cónyuge que no es propietario puede firmar también o dar su consentimiento por escrito; al hacerlo, renuncia a sus derechos conyugales sobre la propiedad al fallecer el propietario. Un apoderado (attorney-in-fact) puede firmar si el poder notarial permite otorgar escrituras. La ley no fija ningún criterio especial de capacidad.
  • Registro. La escritura solo es válida si se registra antes de que fallezca el propietario, en un condado donde se encuentre parte del terreno. No hay un plazo en días después de la firma. Para registrarla no se requiere la certificación de impuestos del auditor ni el certificado de valor del inmueble (certificate of real estate value).
  • Pago, entrega y aceptación. Mientras vive el propietario, el beneficiario no necesita firmar, dar su consentimiento, recibir aviso ni recibir la escritura.
  • Formulario. Formulario legal en la subd. 24 (escritura) y la subd. 25 (revocación). Minnesota Uniform Conveyancing Blanks (formularios uniformes de traspaso de Minnesota) del Commerce Department (Departamento de Comercio): 10.8.1 (soltero), 10.8.2 (casado, un solo cónyuge en el título), 10.8.3 (copropietarios conjuntos casados), 10.8.10 (revocación).

Cómo cambiarla y a quién puede nombrar

  • Revocar o cambiar. Cualquier propietario otorgante puede revocar toda la escritura registrando una revocación antes del fallecimiento (formulario legal en la subd. 25). Una escritura TOD posterior con una fecha de reconocimiento de firma posterior, registrada antes del fallecimiento, reemplaza a la anterior. Vender o transmitir la propiedad a otra persona deja sin efecto la escritura TOD respecto de ese interés. Un testamento no puede revocarla. El divorcio revoca automáticamente una donación a un excónyuge (§ 524.2-804).
  • Beneficiarios. Se puede nombrar a personas físicas, fiduciarios (trustees) de fideicomisos (trusts) revocables o testamentarios y otras entidades. Varios beneficiarios pueden recibir como copropietarios conjuntos (joint tenants) o copropietarios en común (tenants in common), y se pueden nombrar beneficiarios sucesores. Los beneficiarios deben sobrevivir al propietario por 120 horas (§ 524.2-702). Si fallece antes un beneficiario que es abuelo o descendiente de un abuelo, los descendientes sobrevivientes de esa persona reciben la parte; en ese caso también se necesita una orden judicial para registrar la titularidad. Si no sobrevive nadie, la escritura es nula.

Después del fallecimiento del dueño

  • Documento. Declaración jurada de identidad y supervivencia (affidavit of identity and survivorship) (con una copia certificada del acta de defunción) más un certificado de liberación (clearance certificate) de la agencia del condado
  • Dónde. Registrador del condado (county recorder) o registrador de títulos (registrar of titles) de cada condado donde se encuentra la propiedad
  • Pasos. Obtenga de la agencia del condado donde está el terreno un certificado de liberación (clearance certificate) respecto de las reclamaciones de asistencia pública (Medical Assistance). Regístrelo junto con una declaración jurada de identidad y supervivencia (affidavit of identity and survivorship) y una copia certificada del acta de defunción, en cada condado donde está el terreno. Los documentos pueden combinarse. La declaración jurada debe indicar el nombre y la dirección para los futuros estados de cuenta de impuestos. La ley dice que el beneficiario 'debe' (must) registrar el certificado de liberación para demostrar que se cumplieron las reglas de Medical Assistance. No se fija plazo.

Deudas, Medicaid y el cónyuge

  • Acreedores y Medicaid. El beneficiario recibe la propiedad sujeta a todas las hipotecas, gravámenes y sentencias existentes al fallecer, y a las reclamaciones de un cónyuge que no firmó la escritura. Si el resto del caudal no alcanza, el beneficiario debe reembolsar las reclamaciones de Medical Assistance (asistencia médica) del estado o del condado y otras reclamaciones de asistencia pública (§ 256B.15 y secciones relacionadas), hasta el valor del interés recibido. Antes del fallecimiento, los acreedores del propio beneficiario no pueden alcanzar el interés que este espera recibir.
  • Cónyuge sobreviviente. Si un cónyuge que no es propietario firma o da su consentimiento por escrito, renuncia a sus derechos conyugales sobre la propiedad. En caso contrario, la transferencia sigue sujeta a las reclamaciones del cónyuge sobreviviente. La asistencia legal gratuita (legal aid) señala que una TODD no puede eliminar el derecho hereditario de un cónyuge sobre la vivienda.

Bueno saber en Minnesota

  • La ley original (2008 c. 341, art. 2) está vigente desde el 1 de agosto de 2008. Se aplica a los documentos registrados en esa fecha o después, sin importar cuándo se firmaron. Se modificó en 2009, 2010, 2014, 2024 y 2025.
  • La escritura no abarca bienes adquiridos después de la firma, salvo que lo diga (subd. 21).
  • La asistencia legal gratuita (legal aid) señala que el seguro de vivienda continúa durante 30 días después del fallecimiento, y que una TODD debe usarse con cuidado para un menor o para un beneficiario que recibe prestaciones por discapacidad basadas en necesidad.

Páginas oficiales

Fuentes (en inglés)

Información legal de las fuentes oficiales de arriba, no asesoría legal. Una escritura TOD puede afectar Medicaid, impuestos, acreedores y copropietarios; para decidir sobre su propiedad, consulte al registro del condado, a una oficina de asistencia legal o a un abogado. Cómo verificamos: metodología.