Escritura de transferencia por fallecimiento en Wyoming
Sí. Wyoming permite que el dueño nombre a quién pasa un inmueble al fallecer con una Escritura de transferencia por fallecimiento (transfer on death deed) (Wyo. Stat. §§ 2-18-101 to 2-18-106 (Nontestamentary Transfer of Real Property on Death Act), vigente desde el 1 de julio de 2013). Fírmela ante notario y regístrela antes del fallecimiento del dueño. Tras el fallecimiento, el beneficiario usa: Declaración jurada (affidavit) según Wyo. Stat. § 34-11-101 más un certificado de liberación (certificate of clearance) del Wyoming Department of Health (Departamento de Salud de Wyoming). Última verificación .
Wyoming de un vistazo
- Escritura TOD para inmuebles
- Sí
- Nombre en la ley de Wyoming
- Escritura de transferencia por fallecimiento (transfer on death deed)
- Ley
- Wyo. Stat. §§ 2-18-101 to 2-18-106 (Nontestamentary Transfer of Real Property on Death Act)
- Notario
- Obligatorio
- Testigos
- Ninguno
- Cuándo registrarla
- Antes del fallecimiento
- Dónde registrarla
- Secretario del condado (county clerk) del condado donde se encuentra el inmueble
- Documento tras el fallecimiento
- Declaración jurada (affidavit) según Wyo. Stat. § 34-11-101 más un certificado de liberación (certificate of clearance) del Wyoming Department of Health (Departamento de Salud de Wyoming)
- Aviso a los herederos
- No obligatorio
- Formulario oficial
- Sí
Su lista
Elija en qué etapa está. Funciona en su navegador; no se envía nada de lo que escribe.
Pasos para que sea válida en Wyoming
- Firma: notario, sin testigos.
- Regístrela en Secretario del condado (county clerk) del condado donde se encuentra el inmueble antes del fallecimiento del dueño.
Una lista basada en las reglas verificadas del estado, no asesoría legal. Medicaid, copropietarios, una hipoteca o un desacuerdo pueden cambiar lo que conviene hacer; el registro del condado, una oficina de asistencia legal o un abogado pueden ayudar.
Cómo hacer una escritura TOD válida en Wyoming
- Qué hace la ley. Un propietario puede registrar una escritura que transfiere bienes inmuebles en Wyoming a un beneficiario nombrado al momento del fallecimiento, sin pasar por la sucesión (probate), y puede revocarla antes del fallecimiento.
- Firma. El propietario firma y la escritura se reconoce ante notario (acknowledgment) (el formulario establecido por ley termina con un reconocimiento). Para copropietarios con derecho de supervivencia (joint tenants), la escritura solo funciona si la firmó el último propietario sobreviviente. La ley no establece una regla especial de capacidad.
- Registro. La escritura solo es válida si se otorga y se registra antes del fallecimiento del propietario (o del último propietario sobreviviente). No hay un plazo después de la firma. Si se registra más de una escritura TOD, rige la última registrada antes del fallecimiento. El secretario envía los nombres y la descripción legal al Department of Health (Departamento de Salud) dentro de 14 días.
- Pago, entrega y aceptación. No se requiere la firma, el consentimiento ni el aviso al beneficiario para ningún fin mientras el propietario esté vivo.
- Formulario. Formulario establecido por ley de escritura TOD (§ 2-18-104) y formulario de revocación (§ 2-18-105).
Cómo cambiarla y a quién puede nombrar
- Revocar o cambiar. Cualquier propietario que haya firmado puede revocarla otorgando y registrando una revocación ante el secretario del condado (county clerk) antes del fallecimiento (formulario establecido por ley en § 2-18-105); una escritura TOD registrada posteriormente también prevalece. Un testamento no revoca una escritura TOD registrada. Para copropietarios con derecho de supervivencia (joint tenants), una revocación que no firmen todos solo surte efecto si la firma el último propietario sobreviviente.
- Beneficiarios. Beneficiarios nombrados, incluido el fiduciario (trustee) de un fideicomiso (aunque sea revocable); varios beneficiarios pueden recibir como copropietarios con derecho de supervivencia (joint tenants), copropietarios en común (tenants in common) u otra forma válida de tenencia. Se puede nombrar un beneficiario sucesor. El formulario hace que el propietario elija si la parte de un beneficiario que muera antes queda sin efecto o pasa al patrimonio sucesorio de ese beneficiario.
Después del fallecimiento del dueño
- Documento. Declaración jurada (affidavit) según Wyo. Stat. § 34-11-101 más un certificado de liberación (certificate of clearance) del Wyoming Department of Health (Departamento de Salud de Wyoming)
- Dónde. Secretario del condado (county clerk) del condado donde se encuentra la propiedad
- Pasos. La prueba del fallecimiento y de la transferencia solo se hace registrando una declaración jurada (affidavit) (que identifique la escritura TOD por libro y página o número de documento) junto con un certificado de liberación (certificate of clearance) del Department of Health que indique que todas las reclamaciones de Medicaid están satisfechas o no existen. El seguro de la propiedad del propietario se extiende al beneficiario hasta 60 días después del fallecimiento. El beneficiario puede renunciar (disclaim).
Deudas, Medicaid y el cónyuge
- Acreedores y Medicaid. El beneficiario recibe la propiedad sujeta a todas las hipotecas, gravámenes (liens) y cargas. Si el propietario recibió Medicaid, el Department of Health (Departamento de Salud) puede reclamar un gravamen sobre la propiedad por lo que habría podido recuperar de la sucesión; Wyoming Medicaid dice que recupera de los bienes que pasan por supervivencia, fideicomiso en vida (living trust) u 'otro arreglo'. Por lo demás, la ley no hace al beneficiario responsable de las deudas del propietario. El Department of Health puede presentar ese gravamen cuando el propietario fallece, haya o no solicitado el beneficiario un certificado de liberación o registrado la declaración jurada de fallecimiento.
Bueno saber en Wyoming
- Según la enmienda de 2014 (HB 175, vigente desde el 1 de julio de 2014), la declaración jurada más el certificado de liberación es la única forma de probar la transferencia.
- Los derechos de un copropietario sobreviviente con derecho de supervivencia (joint tenant) prevalecen sobre los de un beneficiario TOD nombrado por menos de todos los copropietarios (§ 2-18-103(d)).
- La ley TOD de Wyoming no trata los derechos del cónyuge sobreviviente.
Páginas oficiales
Fuentes (en inglés)
- Wyo. Stat. Title 2 (Chapter 18, §§ 2-18-101 to -106), official PDF (consultada el 28 de octubre de 2026)
- Wyo. Stat. Title 34 (§ 34-11-101 affidavit; § 34-1-119(b) clerk notice), official PDF (consultada el 28 de octubre de 2026)
- 2013 HB 201 enrolled (effective July 1, 2013) (consultada el 28 de octubre de 2026)
- 2014 HB 175 summary (consultada el 28 de octubre de 2026)
- Wyoming Medicaid Estate Recovery brochure (consultada el 28 de octubre de 2026)
- Wyo. Stat. Title 42 (§ 42-4-207(k)), official PDF (consultada el 28 de octubre de 2026)
Información legal de las fuentes oficiales de arriba, no asesoría legal. Una escritura TOD puede afectar Medicaid, impuestos, acreedores y copropietarios; para decidir sobre su propiedad, consulte al registro del condado, a una oficina de asistencia legal o a un abogado. Cómo verificamos: metodología.